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A partir del 1 de Septiembre de 2008 se aplicará una modificación en las de Políticas de asignaciones de direcciones IPv6, que permitirá realizar asignaciones directas de direcciones IPv6 portables a Usuarios Finales. Las asignaciones se realizarán en bloques menores o iguales a un /32 pero siempre mayores o iguales a un /48
En el caso de ser un Usuario Final con asignaciones IPv4 portables, que hayan sido previamente realizadas por NIC México, solo se requerirá que:
- En caso de anunciar la asignación en el sistema de rutas inter-dominio de Internet, la organización receptora deberá anunciar un único bloque, que agregue toda la asignación de direcciones IPv6 recibida.
En el caso contrario, adicionalmente a lo anterior, se requerirá:
- No ser un LIR (Internet Local Registry) o ISP (Internet Service Provider).
- Proveer información detallada mostrando como el bloque solicitado será utilizado dentro de tres, seis y doce meses.
- Entregar planes de direccionamiento por al menos un año, y números de terminales sobre cada subred.
- Entregar una descripción detallada de la topología de la red.
- Realizar una descripción detallada de los planes de encaminamiento de la red, incluyendo los protocolos de encaminamiento a ser usados, así también como cualquier limitación existente.
Para mayor información sobre las políticas de IPv6 ,haz clic aquí.
Si tienes alguna duda o comentario sobre este tema, agradeceremos nos envíes un correo electrónico a: ip-help@nic.mx
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