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Modificación en políticas para asignaciones de direcciones IPv6 portables a Usuarios Finales.


A partir del 1 de Septiembre de 2008 se aplicará una modificación en las de Políticas de asignaciones de direcciones IPv6, que permitirá realizar asignaciones directas de direcciones IPv6 portables a Usuarios Finales. Las asignaciones se realizarán en bloques menores o iguales a un /32 pero siempre mayores o iguales a un /48

En el caso de ser un Usuario Final con asignaciones IPv4 portables, que hayan sido previamente realizadas por NIC México, solo se requerirá que:

  1. En caso de anunciar la asignación en el sistema de rutas inter-dominio de Internet, la organización receptora deberá anunciar un único bloque, que agregue toda la asignación de direcciones IPv6 recibida.

En el caso contrario, adicionalmente a lo anterior, se requerirá:

  1. No ser un LIR (Internet Local Registry) o ISP (Internet Service Provider).
  2. Proveer información detallada mostrando como el bloque solicitado será utilizado dentro de tres, seis y doce meses.
  3. Entregar planes de direccionamiento por al menos un año, y números de terminales sobre cada subred.
  4. Entregar una descripción detallada de la topología de la red.
  5. Realizar una descripción detallada de los planes de encaminamiento de la red, incluyendo los protocolos de encaminamiento a ser usados, así también como cualquier limitación existente.

Para mayor información sobre las políticas de IPv6 ,haz clic aquí.

Si tienes alguna duda o comentario sobre este tema, agradeceremos nos envíes un correo electrónico a: ip-help@nic.mx



Última modificación: 26-Aug-2008