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Políticas IPv4
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Políticas de Administración de Recursos de Internet en el Área de
América Latina y el Caribe.
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1. ALCANCE DEL DOCUMENTO
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Este documento describe el sistema de administración
de recursos de Internet en el área de Latinoamérica y el Caribe.
Particularmente describe las reglas y guías que gobiernan la distribución de
los bloques de direcciones IPv4, ASN y la delegación del espacio de resolución
inversa asignado a Latinoamérica y el Caribe. En el caso de direcciones IP las
reglas establecidas en este documento están relacionadas para todos los bloques
de direcciones IPv4 asignadas o colocadas vía LACNIC y las anteriores asignadas
y colocadas por ARIN.
Este documento no describe espacio de direcciones de
Internet privadas y espacios de direcciones multicast.
Este documento tampoco describe la administración del
espacio del direccionamiento IPv6
Este documento hace una distinción entre asignación y
colocación de direcciones IP. Las direcciones son asignadas a los NIR e ISP
para que a su vez sean colocadas a sus usuarios finales.
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2. ESPACIO DE DIRECCIONES IP Y EL SISTEMA DE REGISTRO DE INTERNET
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2.1. Tipo de direcciones IP
Para propósitos de este documento las direcciones IP
son números binarios de 32 bits que son usados como direcciones en los
protocolos IPv4, el cual es utilizado en Internet. Existen tres tipos de
direcciones IP.
2.1.1.
Direcciones IP públicas
Las direcciones IP públicas constituyen el espacio de
direcciones de Internet. Estas son asignadas para ser globalmente únicas de
acuerdos a los objetivos que se describirán más adelante en este documento. El
principal propósito de este espacio de direcciones es permitir la comunicación
usando el IPv4 sobre Internet. Un propósito secundario es permitir la
comunicación entre redes privadas interconectadas.
2.1.2. Direcciones IP privadas
Algunos rangos de direcciones IP han sido reservados
para la operación de redes privadas que usan el protocolo IP. Cualquier
organización puede usar estas direcciones IP en sus redes privadas sin la
necesidad de solicitarlo a algún Registro de Internet. La principal condición
establecida para el uso de direcciones IP privadas es que los dispositivos que
usen estas direcciones IP no necesiten ser alcanzados desde Internet. Para una
descripción más detallada acerca del espacio de direcciones IP privadas, por
favor consulte el RFC 1918.
2.1.3. Direcciones IP especiales y reservadas
Éstas son rangos de direcciones IP reservadas para
aplicaciones como el multicasting, estas direcciones IP están descritas en el
RFC 1112 y para propósitos de este documento están mas allá del contexto del
mismo.
2.2.Objetivos de la distribución del espacio de
direcciones IP públicas.
De acuerdo con lo estipulado en el RFC 2050 cada
asignación y colocación de direcciones IP públicas debe garantizar que las
siguientes cuatro condiciones se cumplan.
2.2.1. Exclusividad
Cada dirección IP pública alrededor del mundo debe ser
única. Este es un requerimiento absoluto el cual garantiza que cada dispositivo
en el Internet pueda ser identificado de manera única.
2.2.2. Conservación
Es la distribución justa del espacio de direcciones IP
de acuerdo a las necesidades operacionales de los usuarios finales que operan
redes y que usan este espacio de direcciones IP. Con el fin de maximizar el
tiempo de vida de los recursos del espacio de direcciones IP públicas, las
direcciones IP deben ser distribuidas de acuerdo a las necesidades actuales de
los usuarios finales con lo cual se evita el acumulamiento de direcciones IP
sin utilizar.
2.2.3. Ruteabilidad
Es la distribución global de las direcciones IP en una
forma jerárquica, lo cual permite la escalabilidad del ruteo de las direcciones
IP. Esta escalabilidad es necesaria para asegurar una apropiada operación del
ruteo en Internet.
2.2.4. Registro
Es el suministro de documentación acerca de las
asignaciones y colocaciones hechas en el espacio de direcciones IP. Esto es
necesario para asegurar la exclusividad y proveer de información para la
localización de errores en Internet en todos los niveles.
Es del interés de la comunidad de Internet en general
que los objetivos arriba mencionados sean perseguidos. Sin embargo debe notarse
que los objetivos de conservación y ruteabilidad son objetivos que
frecuentemente generan conflictos. Los objetivos mencionados, pueden algunas
veces, estar en conflicto con los intereses de los ISP, NIR o los usuarios
finales. En estos casos es necesario realizar un análisis cuidadoso para cada
situación en particular para poder alcanzar un compromiso apropiado entre las
partes relacionadas en el conflicto.
2.3. El Sistema de registro de Internet
El sistema de registro de Internet ha sido establecido
con la finalidad de hacer cumplir los objetivos de exclusividad, conservación,
ruteabilidad e información. Este sistema consiste de Registros de Internet (RI)
organizados jerárquicamente. Los espacios de direcciones IP son típicamente
colocados a los usuarios finales por los ISP o los NIR. Por otra parte estos
espacios de direcciones IP son previamente asignados a los NIR e ISP por parte
de los Registros Regionales de Internet.
Bajo este sistema los usuarios finales son aquellas
organizaciones que operan redes en donde se utilizan los espacios de
direcciones IP. Los NIR al igual que LACNIC mantienen espacios de direcciones
IP para ser colocados o asignados a usuarios finales o Proveedores de Servicios
de Internet. Los espacios de direcciones IP colocados son utilizados para la
operación de redes, mientras que el espacio de direcciones IP asignados se
mantiene en los Registros de Internet para futuras colocaciones a los usuarios
finales.
2.3.1. IANA (Internet Assigned Number Authority)
Este organismo tiene la autoridad sobre todo el
universo de espacio de direcciones IP usados en Internet. IANA es la
organización responsable de asignar parte del espacio global de las direcciones
IP a Registros Regionales de acuerdo a necesidades establecidas.
2.3.2. Registros Regionales (RIR)
Los Registros Regionales operan en regiones
geopolíticamente grandes tales como continentes. Actualmente existen cuatro
Registros Regionales establecidos; ARIN (American Registry for Internet
Numbers) sirviendo a Estados Unidos, Canadá y el África Sud-Sahara, RIPE NCC
sirviendo a Europa y parte de África, APNIC sirviendo a Asia y el Pacífico y
LACNIC sirviendo a Latinoamérica y el Caribe. Se espera que el número
de Registros Regionales permanezca pequeño ya que las áreas de servicios serán
de dimensiones continentales.
2.3.3. Registros Nacionales de Internet (NIR)
Los Registros Nacionales de Internet están
establecidos bajo la autoridad de los RIR. Estos Registros de Internet tienen
el mismo rol y responsabilidades de los Registros Regionales pero dentro de sus
áreas geográficas asignadas. Estas áreas son de dimensiones nacionales.
2.3.4. Proveedores de Servicios de Internet (ISP)
Un Proveedor de Servicios de Internet coloca
principalmente espacio de direcciones IP a los usuarios finales de los
servicios de redes que este provee. Sus clientes pueden ser otros ISP. Los ISP
no tienen restricciones geográficas como lo tienen los NIR.
2.3.5. Usuarios Finales (UF)
Como usuarios finales se considerarán aquellas
organizaciones donde se despliegue y se haga uso de las direcciones IP.
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3. POLÍTICAS EN LA ASIGNACIÓN DE BLOQUES DE DIRECCIONES IP
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3.1. Introducción
En este capítulo se describirá cómo un Registro de
Internet (Para futuras referencias este concepto comprende a Proveedores de
Servicios de Internet y Registros Nacionales de Internet) puede obtener una
asignación de direcciones IP y cómo el espacio asignado deberá ser
administrado.
Los espacios de direcciones IP son asignados a los
Registros de Internet (RI) usando un modelo de lento inicio. Las asignaciones
están basadas en una necesidad justificada, no solamente sobre las bases de
predicción de clientes.
Debido a que el número de direcciones IP es limitado,
muchos factores deben considerarse en la delegación de espacios de direcciones
IP.
Tal como se mencionó, LACNIC se basa en el concepto de
lento inicio del RFC 2050 para realizar las asignaciones a los RI. La idea es
asignar el espacio de direcciones IP a los Registros de Internet en la misma
relación en que éstos colocarán las direcciones IP a sus usuarios.
El tamaño de una asignación a un RI en particular está
basado en la tasa en la cual ha colocado anteriormente espacios de direcciones
IP a sus clientes. El objetivo es evitar la existencia de grandes bloques que no
sean colocados a los usuarios finales.
Debido a restricciones de tipo técnico y la
posibilidad de sobrecarga en las tablas de rutas, deberán ser implementadas
ciertas políticas para asegurar el cumplimiento de los objetivos de
conservación y ruteabilidad.
En este capítulo se habla de tamaños de prefijos y
tamaños de bloques. La notación estándar implica que cuando se hable de
prefijos mayores, se hace referencia a bloques de menor tamaño. Por ejemplo
cuando se menciona que cierta política se aplica a bloques de prefijo mayor a
un /20, esto significa que se está hablando de bloques menores a 16 clases C.
3.2. Aspectos a considerar en la administración de
direcciones IP
La presente sección describe un conjunto de aspectos
sobre los cuales se debe basar la relación tanto entre los Registros de
Internet y sus clientes, como entre los Registros de Internet y LACNIC.
3.2.1. Las direcciones IP son delegadas
LACNIC asignará recursos de Internet en un esquema de
delegación. Este esquema de delegación de los recursos tendrá una validez de un
año. Es posible la renovación de esta delegación y estará sujeta a las
condiciones establecidas en el momento de la renovación.
3.2.2. Política de lento inicio
Los bloques de direcciones IP son asignados a los RI usando
un procedimiento llamado de lento inicio basado en lo establecido en el RFC
2050.
Los Proveedores de Servicios de Internet que soliciten
bloques de direcciones IP portables (independientes del proveedor) por primera
vez recibirán una cantidad mínima basándose en sus requerimientos inmediatos, a
excepción de lo establecido en el punto 3.3.4. "Asignaciones
directas".
A partir de esta asignación inicial los bloques
asignados pueden ser incrementados basándose en la verificación de la
utilización de los bloques en uso de acuerdo a la información provista a
LACNIC. De esta manera LACNIC será responsable de determinar las asignaciones
iniciales y subsecuentes. Las asignaciones de direcciones IP adicionales
deberán permitir a los RI operar al menos por tres meses sin requerir nuevas
ampliaciones.
Las asignaciones iniciales no estarán basadas sobre
ninguna restricción de ruteo ni actuales ni futuras, sino sobre necesidades
reales y comprobables de uso de direcciones IP.
Así mismo, el número de direcciones IP proyectado por
el solicitante es útil para la planeación de los requerimientos futuros del
mismo.
3.2.3. Bloques asignados
Para asegurar la eficiente implementación y uso de
esquemas sin clases (CIDR), LACNIC asignará bloques de direcciones IP en base a
los límites soportados por este esquema. Para ayudar en el eficiente despliegue
de CIDR, los Proveedores de Servicios de Internet (ISP) y Usuarios Finales son
alentados a solicitar espacio de direcciones IP inicialmente a sus proveedores
inmediatos (upstream providers). El proveedor inmediato deberá mantener el
control de los bloques asignados al término del contrato con sus clientes.
3.2.4. Evitar la fragmentación de bloques
Las direcciones IP bajo el esquema CIDR son asignadas
a los RI en bloques. Se recomienda que la publicación de estos bloques en las
tablas de ruteo permanezca intacta. Más específicamente, los ISP deberán
tratar las subasignaciones de direcciones IP a sus clientes como préstamos por
la duración de la conectividad. En la terminación del contrato de conectividad
de Internet, por ejemplo, si un cliente se cambia a otro ISP, el cliente tendrá
que regresar las direcciones IP que se encuentren actualmente en uso y
renumerarlas con las nuevas direcciones IP del nuevo proveedor. Nuevos pedidos
de direcciones IP estarán condicionados a la finalización de esta tarea. El RI
deberá ofrecer suficiente tiempo para que el proceso de renumeración finalice
antes de que estas direcciones IP sean utilizadas de nuevo con otro cliente.
3.2.5. Documentación
Los Registros de Internet deberán utilizar de manera
eficiente el conjunto de direcciones IP que les haya sido asignado. Para este
fin, los RI deben documentar la justificación de cada subasignación de
direcciones IP. Ante requerimiento de LACNIC, esta información deberá ser
proporcionada por el RI correspondiente. LACNIC no hará asignaciones
complementarias a los Registros de Internet que no tengan correctamente
documentado el uso de los bloques que ya se le hayan sido asignados previamente.
Las asignaciones actuales podrán también ser revisadas en estos casos.
Según lo establecido en el RFC 2050, la documentación
a solicitar puede incluir:
- Planes de Ingeniería.
- Plan de subdivisión de redes (subnetting) y agregaciones.
- Descripción de la topología de la red.
- Descripción de planes de ruteo de la red.
- Comprobantes de inversiones (equipamientos).
- Otros documentos relevantes.
3.2.6. Uso del esquema sin clases (CIDR)
Debido a los requerimientos de incrementar la
eficiencia en la utilización de los espacios de direcciones IP, todas las
colocaciones son hechas con la suposición de que las organizaciones hacen uso
de máscaras de subred de longitud variable (VLSM) y esquema sin clases (CIDR)
dentro de sus redes. Cualquier solicitud para espacio de direcciones basadas
sobre el uso de esquema sin clases requerirán de justificación detallada. El
uso de esquemas de clases es generalmente inaceptable debido a la limitada
disponibilidad de espacio libre para direcciones IP.
3.2.7. Direccionamiento estático
Debido a restricciones en la disponibilidad de
direcciones IP, el uso de colocaciones de direcciones IP de forma estática
(ejemplo, una dirección por cliente) para usuarios dial-up no será respaldado
de ninguna manera por LACNIC. Se entiende que el uso del direccionamiento
estático puede facilitar algunos aspectos administrativos. Sin embargo la
actual tasa de consumo de las direcciones IP, no permiten justificar la
colocación de direcciones estáticas por razones administrativas. Por esta razón,
se espera que las organizaciones que están considerando el uso de colocación de
direcciones IP en forma estática, investiguen e implementen tecnologías de
colocación dinámica.
3.2.8. Webhosting
Con el desarrollo del protocolo http 1.1 se ha
eliminado la necesidad de la colocación de una dirección IP para cada dominio
web en casos de múltiples websites en el mismo servidor. LACNIC promueve el
desarrollo del alojamiento de páginas web basados en el uso del nombre en
contraste al basado en direcciones IP.
Por lo tanto este último caso no será aceptado como
justificación de uso de direcciones IP. LACNIC considerará las excepciones en
que las aplicaciones necesiten el uso de webhosting basado en direcciones IP lo
que deberá ser debidamente descrito y justificado.
3.2.9. Ruteabilidad no garantizada
Las direcciones IP portables (independiente del
proveedor) emitidas por LACNIC o un NIR no están garantizadas de ser
globalmente ruteables.
Estos problemas deberán ser solucionados entre el
poseedor de las direcciones IP mencionadas y su o sus proveedores de
conectividad.
LACNIC proveerá en los casos en que sea necesario, la
orientación correspondiente.
3.2.10. Validez de las asignaciones de direcciones IP
Las asignaciones de direcciones IP son válidas
mientras los objetivos de exclusividad, conservación, ruteabilidad e
información continúen cumpliéndose. LACNIC puede invalidar cualquier asignación
de direcciones IP si se determina que los requerimientos para el espacio de
direcciones IP no existen más o se dejan de cumplir algunos de los objetivos
planteados en este documento.
Existen una serie de prácticas que podrán ser
consideradas como causa para la pérdida de las asignaciones recibidas. Éstas
son:
- No utilizar el espacio de direcciones IP asignado en un período de un mes posterior al registro.
- No mantener el registro de la resolución inversa de su espacio de direcciones IP.
- No mantener actualizada la información de las subasignaciones en la BD Whois de LACNIC.
- No cumplir con las obligaciones contractuales con LACNIC.
- No aplicar correctamente las políticas de LACNIC en sus subasignaciones y la administración de los recursos recibidos de LACNIC.
En el evento de invalidación de espacios de
direcciones IP, LACNIC hará los esfuerzos para informar a la comunidad que las
direcciones IP han sido regresadas a los bloques disponibles de direcciones IP.
3.2.11. Envío de la plantilla de solicitud
La solicitud de espacio de direcciones IP a LACNIC por
parte de los RI es hecha a través de las plantillas de solicitud de direcciones
para RI o Usuarios Finales. Cualquier solicitud que sea considerada con falta
de información o sin detalles suficientes será regresada al solicitante para
ser completada.
3.2.12. Supervisión de Subasignaciones
3.2.12.1. Ventana de subasignación
Los ISP podrán hacer subasignaciones a sus clientes de
bloques menores a 16 clases C, o sea bloques de prefijos mayores a /20,
siguiendo la política definida por LACNIC en el presente documento. En algunos
casos, la subasignación deberá ser consultada con LACNIC o con el NIR
correspondiente a los efectos de asegurar la optimización del uso del espacio
de direcciones IP y la correcta aplicación de las políticas de LACNIC.
LACNIC define como ventana de asignación las
subasignaciones de bloques con prefijos menores o iguales a /23 (bloques
mayores). Estas subasignaciones deberán ser consultadas con LACNIC o con el NIR
correspondiente. La comunicación entre los ISP y LACNIC o el NIR
correspondiente en estos casos, deberá incluir la misma información y
justificaciones establecidas para los usuarios finales, contenida en este
documento.
3.2.12.2. Subasignaciones de NIR
Los NIR quedarán exceptuados del cumplimiento del
punto 3.2.12.1. En su lugar estarán sujetos a esquemas de auditorias más
estrictos de acuerdo a lo estipulado en los contratos entre LACNIC y los NIR.
Estas auditorias serán hechas al menos una vez al año
y con periodicidad mayor en caso de que sea necesario.
3.2.13. Envío de información de subasignaciones
Las asignaciones están basadas sobre el requerimiento
de tres meses de los Registros de Internet además de otras informaciones que
LACNIC considere necesaria tal como el descrito en el punto 3.2.5
"Documentación". De esta manera las asignaciones iniciales pueden ser
relativamente pequeñas. La justificación para el requerimiento de nuevas
asignaciones deberá basarse en la información transmitida a la base de datos
WHOIS de LACNIC por el Registro de Internet correspondiente.
La información de subasignación debe ser enviada a
LACNIC dentro de los siete días después de la asignación de tal manera que la
base de datos WHOIS pueda ser actualizada oportunamente.
La transmisión de la información de la subasignación
también es necesaria por las siguientes razones:
Para asegurarse que el RI ha terminado o esta a punto
de terminar su asignación de espacio de direcciones IP de tal manera que la
asignación de un nuevo espacio adicional este justificado.
Para proveer a la comunidad de Internet con
información sobre qué organización está usando el espacio de direcciones IP y
el punto de contacto en caso de problemas de tipo operacional, de seguridad,
etc.
Para el estudio de asignaciones de direcciones IP en
la región.
3.2.14. Seguridad y Confidencialidad
LACNIC mantendrá sistemas y prácticas que cuiden y
protejan la confidencialidad de toda información que a LACNIC le sea entregada
en el envío de documentación para la justificación de la asignación o
colocación de direcciones IP.
3.2.15. Igualdad en el procesamiento de solicitudes
LACNIC tomará todas las solicitudes en el orden
estricto en el cual estas sean recibidas, sin importar factores geográficos,
demográficos, idiomáticos, etc. LACNIC bajo ninguna circunstancia dará trato
especial o hará excepciones al estándar establecido para el procesamiento de
solicitudes. Para esto contará con un sistema de numeración de solicitudes que
le permita una buena administración de las mismas.
3.2.16. Microasignaciones
LACNIC hará microasignaciones de bloques de prefijo
mayor al estándar (bloques menores) en casos especiales que se enumeran en el
punto 3.3 "Políticas para la asignación de espacio inicial de direcciones
IP"
3.2.17. Uniones, adquisiciones o venta de ISP o Usuarios Finales
Las políticas de LACNIC no reconocen la venta o
transferencia no autorizada de espacio de direcciones IP y considerará tales
transferencias inválidas.
Si un ISP o usuario final cambia de dueño debido a una
unión, venta o adquisición entonces la nueva entidad deberá registrar estos
cambios ante LACNIC. Si la compañía cambia de nombre se debe proveer
documentación legal que respalde este cambio de nombre.
Dentro de la información que puede ser solicitada se
encuentra:
- Una copia del documento legal que respalda las transferencias de activos.
- Un inventario detallado de todos los activos utilizados por el solicitante con el cual mantendrá en uso el espacio de direcciones IP.
- Una lista de los clientes de la parte solicitante que usa porciones del espacio asignado.
3.3. Políticas para la asignación de espacio inicial
de direcciones IP
LACNIC asignará direcciones IP a organizaciones que
entren en los siguientes casos:
- Asignación a Proveedores de Servicios de Internet.
- Microasignaciones a Infraestructura Crítica.
- Asignaciones Directas a Proveedores de Servicios de Internet.
- Colocación a Usuarios Finales.
Esta sección describe en detalle las políticas a
aplicar por LACNIC para la asignación inicial de direcciones IP portables (independiente
del proveedor) en cada uno de estos casos.
Debido a que el número de direcciones IP disponibles
en Internet es limitado, muchos factores deben ser considerados en la
determinación de la asignación del espacio de direcciones IP. Por consiguiente,
el espacio de direcciones IP es asignado a los ISP siguiendo un modelo de lento
inicio. Las asignaciones están basadas en una necesidad justificada actual y no
en base a predicciones de número de clientes, estudios de mercado, etc.
3.3.1. Asignación inicial a proveedores de servicios de Internet multihomed
El tamaño mínimo de asignación inicial aplicado a Proveedores de Servicios de Internet establecidos en
la región LACNIC es de un /21.
Para calificar para la asignación de un bloque /21 el ISP solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Demostrar el uso o la necesidad inmediata de un /23.
- Entregar un plan detallado de uso de un /22 a un año.
- Estar de acuerdo en renumerar el espacio previamente asignado y retornar esas direcciones IP a sus ISP a más tardar en 12 meses a partir de la asignación del /21.
En caso que el ISP solicitante requiera de una asignación inicial de direcciones IP a partir de un /20 o un espacio mayor, deberá cumplir los siguientes requerimientos:
- Proveer información de las subasignaciones realizadas por prefijos de longitudes /29 (8 direcciones IP) o prefijos menores (mayores de 8 direcciones IP) en el WHOIS de LACNIC.
- Proveer documentación justificando la asignación de espacio de direcciones inicial. (Llenado de la plantilla de solicitud de direcciones IP para ISP). Se deberá incluir información detallada mostrando cómo será utilizado el /20 dentro de los periodos de tres, seis y doce meses.
- Estar de acuerdo en renumerar los bloques asignados de sus proveedores dentro de un plazo de 12 meses y regresar el espacio a su proveedor original.
Adicionalmente, en caso de solicitar la asignación inicial de un bloque /20 o un espacio mayor, se deberán considerar los siguientes requerimientos dependiendo del status multi-homed o no multihomed del ISP solicitante.
Un ISP es multi-homed si recibe conectividad de tiempo completo de más de un proveedor de servicios de Internet y tiene uno o más prefijos de ruteo anunciados por al menos dos de sus proveedores de conectividad. Califican también como ISP multi-homed aquellos ISP que tendrán este
status en un periodo no mayor a un mes. En este caso se solicitarán copias de los contratos o documentos que así lo validen.
- Si el solicitante es un ISP multihomed: Debe estar utilizando eficientemente un bloque mínimo de un /22 (contiguo o no).
- Si el solicitante es un ISP no multi-homed: Debe estar utilizado eficientemente un bloque mínimo de un /21 (contiguo o no).
3.3.2. Microasignaciones
Se llaman micro asignaciones a aquéllas que
signifiquen bloques menores a un /20 pero siempre mayores o iguales a un /24.
LACNIC podrá realizar este tipo de asignaciones en
casos de proyectos e infraestructuras de redes claves o críticas para la región
como son IXP (Internet Exchange Point), NAP (Network Access Point), RIR, ccTLD
entre otros.
En el caso de los IXP o NAP para poder solicitar este
tipo de asignaciones las organizaciones deberán cumplir los siguientes
requisitos:
- Documentar adecuadamente los siguientes aspectos:
1.1. Demostrar a través de sus estatutos su calidad de IXP o NAP. Deberá poseer al menos tres miembros y una política abierta para la asociación de nuevos miembros.
1.2. Enviar un diagrama de la estructura de red de la organización.
1.3. Documentar el plan de numeración a instrumentar.
- Proveer un plan de utilización para los próximos tres y seis meses.
El resto de las solicitudes se estudiará en base al
análisis de documentación que justifique los aspectos críticos y/o claves
del proyecto.
La organización que reciba una microasignación no
podrá realizar subasignaciones con estas direcciones IP.
3.3.3. Asignaciones directas
LACNIC reconoce que pueden
existir circunstancias donde existan necesidades justificadas de realizar una
asignación inicial donde los niveles de inversión en infraestructura y de
servicios ameritan una asignación de un /20 o un prefijo menor.
LACNIC podrá realizar este tipo de asignación a
aquellas organizaciones que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser organización multihomed o pronta de serlo (contratos o cartas de intención firmadas con sus proveedores de acceso).
- Enviar una descripción detallada de la topología de red.
- Enviar un portafolio con descripción detallada de los servicios a ofrecer.
- Enviar un plan detallado del despliegue del uso del direccionamiento a tres, seis y doce meses.
- Enviar copia de facturas u órdenes de compra de los equipos que soportarán los servicios descritos anteriormente.
Cabe aclarar que este tipo de asignaciones serán
manejadas como excepciones y quedan fuera de los tiempos de respuesta
garantizados para los procesos normales de solicitud de direcciones IP. LACNIC
puede en cualquier momento solicitar para este tipo de asignaciones información
adicional que ayude a la justificación de un mínimo de asignación.
3.3.4. Políticas para la colocación inicial de direcciones IP a usuarios finales
LACNIC colocará bloques de direcciones IP a usuarios
finales que requieren espacio de direcciones IP para su uso interno, para el
funcionamiento de sus redes, pero no para la subdelegación afuera de su
organización.
Generalmente los usuarios finales reciben espacio de
direcciones IP de sus proveedores inmediatos, no directamente de LACNIC. Las
direcciones IP portables (independientes del proveedor) obtenidas directamente
de LACNIC u otros Registros Regionales no están garantizadas a ser globalmente
ruteables. Por esta razón, los usuarios finales deberían contactar a sus
Proveedores de Servicios de Internet para asegurar su conectividad dentro de la
red.
Los usuarios finales que no están conectados a un ISP
y/o planean no estar conectados a Internet se les recomienda usar direcciones
IP privadas. Pueden consultar la descripción de tales direcciones IP en el RFC
1918.
En la colocación de direcciones IP a usuarios finales,
LACNIC toma como guía las políticas de colocación y procedimientos establecidos
en el RFC 2050. Estas guías y políticas fueron desarrolladas para cumplir con
las necesidades de la creciente comunidad de Internet en la conservación del
escaso espacio de direcciones IP y permitir la continuidad y existencia de las
tecnologías de enrutamiento de Internet.
LACNIC solicitará la siguiente información a todos los usuarios finales que solicitan bloques de direcciones IP:
- Proveer información detallada mostrando como el /20 será utilizado dentro de tres, seis y doce meses.
- Entregar planes de subneteo por al menos un año, incluyendo máscaras de subred y números de hosts sobre cada subred. El uso de VLSM es requerido.
- Entregar una descripción detallada de la topología de la red.
- Realizar una descripción detallada de los planes de ruteo de la red, incluyendo los protocolos de ruteo a ser usado así como también cualquier limitación existente.
La tasa de utilización es un factor clave a justificar para dimensionar el tamaño de
la colocación. La tasa de utilización es el porcentaje de direcciones IP que la
organización utilizará en un espacio de tiempo determinado. El establecido de
acuerdo al RFC 2050 y adoptado por LACNIC es:
25% de la tasa de utilización inmediata.
50% de la tasa de utilización en un año.
Una tasa de utilización más grande puede ser requerida
basado en requerimientos individuales. Si la organización solicitante no cumple
con esos parámetros se le retirarán las direcciones negociando un tiempo
razonable para su renumeración.
Adicionalmente, el status de multi-homed o no multi-homed afecta la evaluación de la solicitud.
- Si el solicitante es un usuario final multi-homed:
El tamaño de asignación mínima de direcciones IP para un usuario final multi-homed es de un /24.
Para calificar por un bloque deberán cumplir también con los siguientes requisitos:
- Contar con una colocación equivalente de un /25 de sus Proveedores de Servicios de Internet.
- Estar de acuerdo en renumerar todos los bloque asignados por proveedores dentro de un plazo de 3 meses y regresar el espacio a su proveedor original.
El bloque mínimo de colocación será un /24 y el máximo /21. Colocaciones inciales mayores a un /21 deberán seguir los requerimientos
adicionales establecidos para usuarios finales no multi-homed descritos abajo.
Se entiende que son usuarios multi-homed aquellas organizaciones que cuentan con al menos dos accesos permanentes a Internet,
con al menos dos proveedores independientes entre sí. Se entiende como proveedores independientes al hecho de que uno
no utilice al otro para alcanzar Internet. También podrán solicitarlo aquellos usuarios que planean serlo en un lapso de
un mes. En este caso se solicitarán copias de los contratos o documentos que así lo validen.
- Si el solicitante es un usuarios final no multi-homed:
El tamaño de colocación mínima de direcciones IP asignado por LACNIC para un usuario final no multi-homed es de un /20. Si la necesidad
de espacio de direcciones IP es menor que un /20 los usuarios finales no multi-homed deberán contactar a sus Proveedores
de Servicios de Internet correspondiente para obtener su direccionamiento.
Para asignar un bloque /20 a un usuario final deberán agregar a los anteriores los requisitos siguientes:
- Contar con una colocación equivalente de un /21 de sus Proveedor de Servicios de Internet.
- Estar de acuerdo en renumerar el bloque /21 dentro de un plazo de 12 meses y regresar el espacio a su proveedor original.
Este punto es indispensable para obtener el bloque /20 que se solicita. El bloque /20 asignado deberá ser usado para renumerar
el bloque /21 asignado previamente.
Para colocaciones adicionales se seguirán las políticas incluidas en la Seccion 3.4 aplicables a los usuarios finales.
3.4. Políticas
para la asignación de espacio adicional de direcciones IP
Esta política es presentada con el propósito de
asistir a los Registros de Internet en el proceso de solicitud de espacio
adicional de direcciones IP. El factor más importante en la evaluación de las
solicitudes de espacio adicional de direcciones IP es la revisión del espacio
actual de direcciones lP de las entidades solicitantes. La entidad solicitante
debe haber utilizado al menos el 80% de su espacio de direcciones IP de las
asignaciones realizadas anteriormente por el RIR o NIR correspondiente con el
fin de recibir un espacio adicional. Esto incluye el espacio reasignado a sus
clientes. Por consiguiente, es importante que los RI requieran a sus clientes
seguir la prácticas de eficiente utilización descritas en estas políticas.
Para la asignación de nuevos bloque de direcciones IP
las siguientes son los aspectos a cumplir:
1. El primer paso en el proceso es verificar la
utilización de al menos el 80% de las asignaciones anteriores. Este porcentaje
de utilización estará basado solamente en aquellas redes anunciadas con
direcciones IP conectadas a Internet. El método disponible para mostrar esta
utilización para aquellos RI que han asignado direcciones IP a sus clientes, es
a través de los registros en la BD WHOIS de LACNIC. Hasta que se verifique el
uso de por lo menos el 80% de su bloque previamente asignado se podrá seguir
considerando su solicitud. El uso del 80% de las direcciones IP asignadas
previamente cubre también aquellas direcciones utilizadas para uso interno y
clientes dial-up de la compañía.
Una vez que se haya verificado al menos el 80% de
utilización del espacio previamente asignado, se continuará el proceso de
solicitud de espacio adicional.
2. Las organizaciones deberán demostrar el uso de las políticas
de LACNIC en la subasignación de espacio a sus clientes, en especial en lo
referido a:
- La emisión de prefijos de longitudes más grandes que /24 , donde esto sea posible.
- Verificar que las subasignaciones de bloques dentro de la ventana de asignación fueron enviados para la previa autorización de LACNIC.
3. Las organizaciones deberán exigir que sus clientes
se adhieran a los siguientes criterios:
- La información de las subasignaciones menores a un /29 deben de estar disponible vía WHOIS y deben cumplir con el 80% de su espacio utilizado antes de emitirles a sus clientes el espacio adicional.
- Las políticas de LACNIC para la comunidad en Internet en general son comunicadas y seguidas por sus clientes.
4. En la revisión de solicitudes para direcciones IP
adicionales, LACNIC también revisará si el espacio designado para devolución
fue realmente devuelto en los tiempos descritos en este documento.
5. Estar al día en el registro de la resolución inversa
del espacio de direcciones IP administrado. El registro de la resolución
inversa también debe coincidir con el 80% de utilización.
6. Para la asignación de bloques adicionales, LACNIC
verificará que la organización solicitante este al día en sus obligaciones
contractuales.
7. El paso final es determinar la asignación apropiada
a ser emitida. Para poder determinar el tamaño de la asignación a realizar se
deberá proveer información detallada mostrando como será utilizado el espacio
de direcciones IP dentro de los periodos de tres, seis y doce meses. La política
del tamaño de la asignación adicional está basada en la eficiente utilización
de espacio dentro de un marco de tiempo de tres meses.
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