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NIC México es un Registro Nacional de Internet para direcciones IP.
Esta facultad es otorgada a través del Registro de Direcciones de
Internet para América Latina y el Caribe (LACNIC). Las políticas
utilizadas por NIC México son aquellas definidas a través de la comunidad
de Internet de América Latina en los foros públicos organizados por LACNIC.
Estas políticas son las mismas para cualquier organización establecida en la
región. NIC México sólo puede asignar recursos de Internet a organizaciones
establecidas y operando en la República Mexicana.
Los bloques de direcciones IPv4 son asignados por NIC México para
organizaciones que justifiquen la necesidad de un bloque CIDR
independiente del proveedor de servicios a Internet.
NIC México no garantiza que el bloque asignado sea globalmente ruteable.
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Solicitantes ISP
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El tamaño mínimo de asignación inicial aplicado a Proveedores de Servicios de Internet
establecidos en la región LACNIC es de un /21.
Para calificar para la asignación de un bloque /21 el ISP solicitante demostrar el uso
o la necesidad inmediata de un /23 (sin importar si es single-homed o multi-homed).
En caso que el ISP solicitante requiera de una asignación inicial de direcciones IP a
partir de un /20 o un espacio mayor, deberá cumplir con requerimientos adicionales (ver
Políticas IPv4, Sección 3.3.1) y:
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| 1. |
Si es solicitante single-homed:
Estar utilizado eficientemente un bloque mínimo de un /21 (contiguo o no). O,
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| 2. |
Si es solicitante multi-homed:
Estar utilizando eficientemente un bloque mínimo de un /22 (contiguo o no).
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En ambos casos, la organización se debe comprometer a devolver
el bloque en uso al proveedor de servicio a Internet dentro de un
plazo no mayor a 12 meses.
En los casos en que la organización no cumpla con los criterios arriba
mencionados, las direcciones IP deberán ser solicitadas al proveedor
de servicio de Internet.
Recomendamos leer las Políticas IPv4,
Sección 3.3.1 para consultar los requerimientos adicionales para cada caso.
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Solicitantes Usuarios Finales
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NIC México designa bloques de direcciones IPv4 para usuarios finales
que soliciten direcciones IPv4 para uso interno de sus redes, no
permitiéndose hacer designaciones adicionales en ese bloque para
uso externo de la organización solicitante. Los bloques de direccionamiento
IPv4 para usuarios finales son designados exclusivamente para la operación
de la red propia de la organización.
Debido a la actual política de LACNIC para la administración de recursos
de Internet, el menor prefijo asignado por NIC México es un /20 (16 bloques /24).
En el caso de usuarios finales multi-homed el prefijo más pequeño será un /24.
Corresponde a NIC México determinar el prefijo apropiado en cada proceso de
solicitud tomando en consideración la necesidad justificada.
La utilización de las direcciones es el factor más importante en el análisis
de una solicitud de bloque IPv4. Por eso, el solicitante debe brindar información
detallada sobre cómo están siendo utilizadas las direcciones actuales y sobre cómo
planea utilizar las direcciones a ser asignadas en un plazo no mayor a 12 meses.
Los criterios a ser cumplidos por la organización solicitante son los siguientes:
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| 1. |
Una tasa de 25% de utilización inmediata para el bloque solicitado y
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| 2. |
50% de utilización en un año.
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Adicionalmente, el status de multi-homed o no multi-homed afecta la evaluación de la solicitud.
En los casos en que la organización no cumpla con los criterios
arriba mencionados, las direcciones IP deben ser solicitadas al
proveedor de acceso a Internet.
Recomendamos leer las Políticas IPv4, Sección 3.3.4
para consultar los requerimientos específicos para cada caso.
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Pasos a seguir para hacer la solicitud inicial de un bloque de direcciones IP
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Esta sección está orientada a los usuarios que por primera vez
solicitarán un bloque de direcciones IPv4. Los pasos para solicitar un
bloque IPv4 son los siguientes:
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1. Revisar la documentación disponible en la página relacionada
con la asignación inicial de direcciones IP
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Políticas
Le informamos que es obligación y responsabilidad de nuestros
clientes de direcciones IPv4 tener conocimiento y seguir en la
práctica las Políticas de direcciones IPv4.
Solicitantes ISP.
Revisar la Sección 3.3.1 en las
Políticas IPv4.
Solicitantes Usuarios Finales.
Revisar la Sección 3.3.4 en las
Políticas IPv4.
En ambos casos, es muy importante tener en cuenta el espacio de direccionamiento que se debe tener previamente asignado por proveedores.
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Contrato
Actualmente, y para beneficio de los clientes como de NIC México,
es necesario firmar un contrato de prestación de servicios. NIC
México recomienda ampliamente al futuro cliente leer tanto el
Contrato de Prestación de Servicios
como la Información sobre el Contrato de Prestación de
Servicios antes de solicitar un bloque de direcciones IP pues se asumirá que el solicitante
está enterado del contenido de dichos documentos.
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Membresía
La membresía en LACNIC es automática para las organizaciones
que reciben bloques de direcciones IP directamente de NIC México,
existiendo diferentes categorías de miembros y niveles establecidos
de acuerdo al tamaño del espacio de direcciones que administra cada
organización. Para mayor información al respecto visite nuestra página de
Membresía.
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Tarifas
La asignación inicial de un bloque de direcciones IPv4,
así como la Renovación Anual del mismo, tienen un costo.
Para mayor detalle revise la información en nuestra página de
Tarifas.
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2. Asegurar los recursos previamente asignados por los proveedores
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Tanto los solicitantes ISP como los Usuarios Finales deben asegurarse,
antes de enviar una solicitud, de que los recursos que tienen asignados
por sus proveedores de servicios de Internet se encuentren registrados
en el WHOIS de LACNIC a nombre de la entidad que hace la solicitud. Este
punto es importante cuando NIC México verifica la cantidad de espacio de
direccionamiento que el solicitante ha manejado anteriormente.
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3. Tener preparada documentación adicional a la solicitud, tal como:
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Solicitantes ISP:
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Si solicita un bloque /21: Documentar un plan detallado de uso de un /22 a un año.
Si solicita un bloque /20 ó mayor: Documentar la información de las sub-asignaciones realizadas
por prefijos de longitudes /29 o menores (es decir bloques mayores o iguales a 8 direcciones IP) en
el WHOIS de LACNIC.
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Solicitantes Usuarios Finales:
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Descripción detallada de los planes de ruteo de la red, incluyendo los protocolos de ruteo a ser usados.
Incluir cualquier limitación existente.
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4. Contar con un NIC-HDL registrado en el WHOIS de LACNIC,
así como también tener registrados los contactos de pago y de membresía
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Antes de enviar una solicitud, debe asegurarse de haber
dado de alta (si es que no lo había hecho ya) un contacto
administrativo o NIC-HDL, un contacto de membresía y un contacto
de pago, en el WHOIS de LACNIC, pues sin estos contactos no es posible
hacer el registro de un bloque para una entidad. La referencia a la
página en el sitio de LACNIC
es la siguiente:
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5. Leer, llenar y enviar el formulario correspondiente
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El formulario que el solicitante envía debe tener todos los
campos contestados, sin embargo, algunos son opcionales y los listamos a continuación:
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Formulario para solicitantes ISP:
Los campos opcionales son:
Del punto 3: incisos a), b) y c).
Del punto 6: al menos debe estar contestado un inciso.
Del punto 7: es opcional.
Cabe mencionar que si se desea ser tomado en cuenta
como solicitante multi-homed, se deben especificar al menos los datos
de dos proveedores de Internet independientes.
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Formulario para Usuarios Finales:
Los campos opcionales:
Del punto 7: es opcional.
Cabe mencionar que si se desea ser tomado en
cuenta como solicitante multi-homed, se deben especificar al
menos los datos de dos proveedores de Internet independientes.
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Cuando el formulario esté completo, lo deberá enviar a la cuenta de correo ip-sol@nic.mx.
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6. Esperar respuesta de NIC México
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NIC México enviará una respuesta a la solicitud recibida.
La respuesta puede referirse a los siguientes casos:
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Falta de información. En este caso NIC México solicita
que se complete el formulario por faltar datos, o requiere
de información adicional a la proporcionada. El proceso no
pasará de esta etapa mientras NIC México requiera de información
adicional a la proporcionada.
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Solicitud aprobada. El solicitante recibe de NIC México
el aviso de que la solicitud fue aprobada, así como las
instrucciones del paso siguiente. En este caso puede continuar
con la siguiente etapa del proceso.
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Solicitud rechazada. NIC México le informa que la solicitud
ha sido rechazada debido a que no cumple con los requerimientos
necesarios para ser apto para la asignación inicial del bloque
solicitado. En este caso debe dar por terminado el proceso de solicitud.
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7. Enviar contrato firmado a NIC México
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Para continuar con el proceso de la asignación del bloque solicitado,
debe enviar a NIC México dos copias firmadas del
Contrato de Prestación de Servicios
con los datos requeridos completos y verídicos.
vía correo postal a la siguiente dirección:
At'n. Ing. Blanca Alicia Guadalupe Gámez Flores
NIC-México
Av. Eugenio Garza Sada 427 L4-6
Col. Altavista
Monterrey, Nuevo León
México
C.P. 64840
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8. Realizar el proceso de pago por la asignación inicial del bloque
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Después de recibir las copias del Contrato de Prestación de Servicios,
NIC México le enviará los datos para realizar el pago por el Monto por
Asignación inicial. Mayor información al respecto se encuentra en nuestra
página de Tarifas.
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9. Asignación del bloque de direcciones IPv4
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NIC México procederá a la asignación del bloque de
direcciones IPv4 solicitado tan pronto como haya recibido
la notificación del banco sobre el pago realizado.
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10. Especificar los servidores para la resolución inversa del bloque
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El solicitante confirmará a NIC México los servidores para
la resolución inversa del bloque previamente asignado.
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11. Verificar la asignación en el WHOIS de LACNIC
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Le recomendamos revisar sus datos en el WHOIS de
LACNIC, incluyendo los de la entidad y los recursos asignados.
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